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Corresponde a donaciones en dinero que se entregan a Organizaciones Deportivas, para financiar proyectos destinados al fomento de la actividad deportiva, las que podrán ser rebajadas como créditos del Impuesto a la Renta.
Los donantes son Contribuyentes de Primera Categoría que declaran en base a contabilidad completa, esto es, con RLI positiva. También pueden donar Contribuyentes del impuesto global complementario que declaren renta efectiva.
La Franquicia permite rebajar el 50% o 35% de la donación, dependiendo del monto. Y lo que no se rebaja como crédito, se puede contabilizar como gasto necesario para producir la renta.
Los requisitos para el deporte laboral se encuentran en las bases específicas y constituye un beneficio para empleados de una empresa.
Si puede, pero puede aparecer la marca y señalar que es un proyecto a la Ley de Donaciones Deportivas.